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Medios Electrónicos de Pago

  • Foto del escritor: Admin
    Admin
  • 13 dic 2017
  • 3 Min. de lectura

Continúa el debate sobre la institución que debería operar el mal llamado dinero electrónico. Políticos que carecen de formación económica y financiera emiten opiniones erradas sobre esta materia confundiendo a la población. Por ejemplo, por ahí salió una dirigente que en algún momento ocupó un alto cargo en la Asamblea, afirmando que la bancarización fue la causante de la crisis bancaria de 1998-1999. Cuando uno de los objetivos de generalizar los medios de pago electrónicos es precisamente de formalizar las relaciones financieras que tienen los ciudadanos entre si para lograr incluir en el sistema de pagos a sectores tradicionalmente marginados. De esta forma, las poblaciones rurales y urbano marginales se incorporaran al sector formal. Eso se llama bancarización, y no es la causa que origina las crisis financieras. Otro político que frecuenta desde tempranas horas los diferentes medios de comunicación, afirma lo peligroso que es traspasar el manejo del dinero electrónico a la banca privada, ya que podrían emitir de manera inorgánica ese tipo de moneda sin ningún control. Lo que ignora este ciudadano, es que al realizar un pago de manera electrónica, el terminal donde realiza la transacción, comprueba en línea, si es que existe el dinero físico en la cuenta del cliente o en su teléfono inteligente, para autorizar la operación. Así operan las tarjetas de débito de larga data en el Ecuador. En el momento que un ciudadano realiza un pago con la tarjeta de débito, debe tener en su cuenta bancaria, sea esta de ahorro o cuenta corriente, el dinero físico para realizar la transacción, caso contrario se la rechaza de manera automática. Por lo cual, no se puede autorizar pagos si el ciudadano no tiene dinero en efectivo que respalde la operación. Sin embargo, el Artículo 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero, dice que el Banco Central del Ecuador es la única entidad autorizada para proveer y gestionar moneda metálica nacional o electrónica, equivalente y convertible en dólares. Más adelante en el mismo artículo, se dice que la moneda (metálica y electrónica) tiene poder liberatorio y curso legal. Al estar autorizado el Banco Central a emitir dinero electrónico como medio de pago con poder liberatorio y curso legal, significa que el Banco Central podrá emitir una moneda paralela al dólar, lo cual va en contra mano con la dolarización. Un gobierno populista, es decir que gasta más que lo que le ingresa, en un momento determinado podría emitir dinero electrónico sin respaldo de dólares físicos, para pagar sueldos y salarios y otros gastos corrientes. Así mismo, la autoridad monetaria podría obligar al sistema financiero para que hagan préstamos en moneda electrónica lo que generaría la creación secundaria de dinero la misma que no estaría cubierta con dólares físicos. De acontecer esa situación, sería el principio del fin de la dolarización, ya que además del dólar se podría utilizar esta moneda virtual, hasta que en un momento dado, se la sustituya por una moneda local, desdolarizando la economía. En el caso de que la banca privada sea parte de este sistema de pagos electrónico, no podrá técnicamente emitir dinero sin respaldo de dólares físicos, lo que sí podría hacer el Banco Central de acuerdo a la ley. Ahí radica la gran diferencia y el gran peligro que se cierne sobre la permanencia de la dolarización. Por estas razones, el sistema financiero está solicitando administrar la plataforma que respalda el uso de medios electrónicos de pago, no para emitir dinero, y peor aún para tener mayores ingresos por el cobro de comisiones, sino para contribuir a la eficiencia del sistema de pagos reduciendo el uso de billetes y monedas para ejecutar las transacciones diarias y contrarrestar el fantasma de la desdolarización.


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